Manifiesto para los servicios del PCDD
Por medio del presente manifiesto mi conformidad y autorización para
que la empresa MASFACTURACION, S. de R.L. de C.V., Proveedor de
Certificación de Documentos Digitales PCDD con número de autorización
005, proceda a entregar al Servicio de Administración Tributaria, copia
de los documentos digitales que haya certificado su recepción, de
acuerdo a lo establecido en la regla 2.8.2.12 de la Resolución
Miscelánea Fiscal para 2020 publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 28 de Diciembre del 2019.
Al mismo tiempo acepto que MASFACTURACION, S. de R.L. de C.V. sea quien
me proporcione a mi nombre o al de mi representada, el *Servicio de
Certificación de Documentos Digitales que envié para su recepción como
persona física o como persona moral.
*Servicio de Certificación de Documentos Digitales: se refiere a la
certificación de la recepción de Documentos Digitales.
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE DOCUMENTOS
DIGITALES, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SOCIEDAD MERCANTIL DENOMINADA
MASFACTURACIÓN, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE, LEGALMENTE REPRESENTADA A TRAVÉS DE SU APODERADO GENERAL, EL
CONTADOR PÚBLICO CERTIFICADO FRANCISCO RAZO ABUNDIS, A LA QUE EN LO
FUTURO SE LE DESIGNARÁ EL “PROVEEDOR AUTORIZADO”, Y POR LA OTRA PARTE,
LA PERSONA FÍSICA O MORAL CUYOS DATOS SE INCORPORAN DE MANERA
ELECTRÓNICA AL MOMENTO DE REGISTRARSE Y A QUIÉN EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINARÁ COMO “EL CLIENTE”; MISMO QUE AMBAS PARTES ESTÁN DE ACUERDO
EN SUJETAR AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES, CONCEPTOS Y
CLAÚSULAS:
DECLARACIONES:
-- I.- Declara el “PROVEEDOR AUTORIZADO”, a través de su representante
legal:
-- I.a.- Que su representada es una Sociedad Mercantil Mexicana,
legalmente constituida según se acredita con la Escritura Pública No.
6,502 de fecha 10 de octubre de 2008, pasada ante la fe del Licenciado
Alfonso Tostado Hermosillo, Notario Público Titular número 2 de la
ciudad de San Juan de los Lagos, Jalisco, misma que se encuentra
incorporada al Registro Público de Comercio con sede en la ciudad de
Guadalajara, Jalisco, bajo el folio mercantil número 48316*1.
-- I.b.- Que la sociedad a la cual representa tiene su domicilio
ubicado en la Avenida Manuel Acuña No. 2450 local G Plaza Anna, Colonia
Ladrón de Guevara, en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, C.P. 44600,
con número de teléfono (33) 38180889 y 38180985, así como estar
inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con el número de
cédula MAS0810247C0.
-- I.c.- Sigue manifestando que la empresa a la cual representa está
dedicada entre otras actividades a la prestación de servicios
relacionados con el procesamiento de datos, programas de cómputo e
información, y cualquier tema relacionado con el Internet; la
consultoría en BPM (Business Process Management), Document Management,
ERP (Enterprise Resource Planning), CRM (Customer Relationship
Management); así como la generación, emisión, validación, resguardo,
envío e intercambio de facturas electrónicas y otros comprobantes
fiscales digitales (“CFDI”) a través de Internet, servicios de
recepción de los documentos a que se refieren los anexos 21 y 24
publicados en la Resolución Miscelánea Fiscal, conforme a las
características y especificaciones técnicas, así como enviar a “EL
CLIENTE” el acuse de recepción de dichos documentos, previa las
autorizaciones correspondientes del Servicio de Administración
Tributaria; contando además con la infraestructura, servicios, recursos
materiales y humanos, necesarios y debidamente capacitados, para dar
cabal cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones derivadas del
presente contrato.
-- I.d.- Que con fecha 31 de agosto del 2016, la empresa
MasFacturación, S. de R.L. de C.V., obtuvo del Servicio de
Administración Tributaria (SAT) extensión de autorización a través del
oficio número 700-03-01-00-00-2016-0280 expediente 2C.6.1-2016-004, por
medio de la cual puede fungir como Proveedor de Certificación de
Recepción de Documentos Digitales, y por ende, para que utilice el
Certificado de Sello Digital del SAT, en los términos y condiciones
previstos en el apartado de consideraciones de dicha resolución; por lo
cual con fundamento en los artículos 28 fracción IV y 31 del Código
Fiscal de la Federación, su representada está facultada para: Prestar
los servicios de recepción de todos los documentos digitales a que se
refiere los anexos 21 y 24, conforme a las características y
especificaciones técnicas, así como enviar a “EL CLIENTE” el acuse de
recepción de los documentos digitales.
-- I.e.- Que su representada tiene celebrado con la empresa Computación
en Acción, S.A. de C.V., contrato por medio del cual puede utilizar sus
Programas de Cómputo, para llevar al cabo los servicios de recepción de
todos los documentos digitales que cumplan con los requisitos
establecidos en los artículos 28 fracción IV y 31 del Código Fiscal de
la Federación, agilizando y eficientando a MasFacturación S. de R.L. de
C.V., el envío a través de medios electrónicos de los documentos
digitales generados por “EL CLIENTE”, para que los remita al SAT así
como la entrega del acuse de recepción correspondiente a “EL CLIENTE”
como usuario final de dichos programas de cómputo, sin que sea
obligatorio para “EL CLIENTE” adquirir dichas aplicaciones de cómputo,
para llevar a cabo el envío de los documentos por internet derivada de
este acuerdo de voluntades.
-- I.f.- Que el suscrito comparece a la celebración del presente
acuerdo de voluntades, en su carácter de Apoderado General, contando
con las facultades suficientes para obligar a su representada en los
términos del presente acuerdo de voluntades, según se acredita con la
Escritura Pública 40,654 de fecha 23 de Junio de 2017 otorgada en la
ciudad de Guadalajara, Jalisco, ante la fe del Licenciado en Derecho
Juan Diego Ramos Uriarte, Notario Público Titular No. 115 de esta
municipalidad, misma que se encuentra registrada bajo el folio
mercantil electrónico número 48316*1 del Registro Público de Comercio
con sede en Guadalajara, Estado de Jalisco. Nombramiento y atribuciones
que a la fecha no le han sido revocados, modificados, suprimidos, ni en
forma alguna limitados o sustituidos.
-- II.- Declaran ambas partes, que participan en la celebración del
presente contrato en completa libertad, haciendo público su pleno
consentimiento, por lo que niegan la existencia de elementos como el
dolo, error, lesión, mala fe, reticencia o vicio alguno de la voluntad
que invalide los alcances y efectos de este acuerdo de voluntades, por
lo que éstas están conformes en que este instrumento deberá concertarse
con base al contenido obligacional expresado en el mismo.
--- Para efectos del presente contrato, las partes se sujetarán a los
siguientes
CONCEPTOS:
ACUSE
Documento que emite el PROVEEDOR por los documentos digitales recibidos
por parte de EL CLIENTE
CSD
Certificado de sello digital del contribuyente.
EL CLIENTE
Persona física o moral que adquiere y/o contrata los servicios del
PROVEEDOR para certificar los documentos digitales que genere y
enviarlos a través de medios electrónicos al SAT.
SERVICIO ADICIONAL O COMPLEMENTARIO
Servicios adicionales o complementarios distintos al servicio básico
que se detallan también en la cláusula Primera del presente contrato y
que ofrece la empresa Computación en Acción, S.A. de C.V.
FIRMA ELECTRÓNICA AVANZADA (FIEL)
La firma electrónica que establece el artículo 17-D del Código Fiscal
de la Federación, misma que se define como el mensaje de datos que se
ampara por un certificado vigente que confirma el vínculo entre un
firmante y los datos de creación de la misma.
SAT
Servicio de Administración Tributaria.
CFF
Código Fiscal de la Federación.
PROFECO
Procuraduría Federal del Consumidor
PROVEEDOR AUTORIZADO
Proveedor de Certificación de Documentos Digitales PCDD.
--- De conformidad con las declaraciones y conceptos anteriores, las
partes convienen las siguientes:
CLÁUSULAS:
-- PRIMERA.- OBJETO: Por medio del presente contrato, el “PROVEEDOR
AUTORIZADO” de Certificación de Documentos Digitales (PCDD), en los
términos de la Resolución Administrativa emitida por el SAT y descrita
en el numeral I.d. del capítulo de declaraciones de este instrumento,
se obliga a proporcionar a “EL CLIENTE” la prestación de servicios
consistentes en la certificación y envío a través de medios
electrónicos de los documentos digitales generados por “EL CLIENTE”,
para que los remita al SAT y obtener el acuse de aceptación o rechazo
por parte del SAT una vez realizada la certificación dichos documentos.
El servicio de Certificación y envío a través de medios electrónicos de
los documentos Digitales a través de Internet consistirá en lo
siguiente:
Certificar y enviar a través de medios electrónicos los documentos
digitales recibidos por parte de “EL CLIENTE” para que los remita al
SAT.
Entregar el acuse de recibo correspondiente a “EL CLIENTE”.
El servicio de Certificación y envío de los documentos digitales a
través de la aplicación informática con la que debe contar el
“PROVEEDOR AUTORIZADO” de acuerdo con lo establecido por el SAT, “EL
CLIENTE” podrá acceder a través de la página portal.sellarxml.com,
misma que se encuentra a disposición de “EL CLIENTE” en un lugar
visible y de fácil acceso.
Si “EL CLIENTE” es licenciatario autorizado de los programas o
aplicaciones de cómputo de la empresa Computación en Acción, S.A. de
C.V., o de alguna otra empresa con la que el “PROVEEDOR AUTORIZADO”
tenga alguna alianza comercial o relación de negocios, podrá además de
los servicios complementarios que dichas licenciantes le ofrezcan,
acceder a los servicios aquí contratados con el “PROVEEDOR AUTORIZADO”,
siempre y cuando la licencia adquirida y las condiciones comerciales de
dichas empresas, así lo permitan.
El presente contrato constituye el acuerdo total celebrado entre las
partes contratantes en relación con el objeto del mismo y deja sin
efecto cualquier otra negociación, obligación o comunicación entregada
o recibida entre las mismas con anterioridad a esta fecha, sea verbal,
escrita o a través de medios electrónicos. De manera paralela con el
presente contrato, “EL CLIENTE” deberá leer y aceptar el aviso de
privacidad y la licencia de uso disponibles en la página
portal.sellarxml.com.
Para que “EL CLIENTE” manifieste su absoluta conformidad respecto a la
prestación de los servicios aquí contratados, bastará la firma del
presente contrato. Para esos efectos, “EL CLIENTE” reconoce y acepta
que la firma del presente contrato podrá llevarse a cabo mediante la
utilización de FIEL o el CSD que estén amparadas por un certificado
vigente, emitido por el SAT o por cualquier otro prestador de servicios
de certificación, que se encuentre autorizado conforme a las
disposiciones legales vigentes y aplicables en la República Mexicana.
“EL CLIENTE” reconoce y acepta que la firma del presente contrato
realizada mediante la utilización de la FIEL o el CSD a que se refiere
el párrafo inmediato anterior, sustituirá a la firma autógrafa de las
partes, lo que garantizará la integridad de dicho contrato y que
producirá los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos con
firma autógrafa, teniendo el mismo valor probatorio.
-- SEGUNDA. - CARGOS POR EL USO DE LOS SERVICIOS: El costo del SERVICIO
BÁSICO aquí contratado, tiene un costo y se cobrarán de acuerdo con las
políticas de venta y el tabulador de precios que tenga vigente el
“PROVEEDOR AUTORIZADO” al momento de la contratación de dichos
servicios.
“EL CLIENTE” puede optar por contratar otros servicios de valor
agregado, de los cuales no es titular ni propietaria el “PROVEEDOR
AUTORIZADO”, pero con los cuales “EL CLIENTE” puede acceder de igual
manera a los servicios aquí contratados y/o a través de la adquisición
de los programas de cómputo de Computación en Acción, S.A. de C.V.
En caso de que “EL CLIENTE” acceda a los servicios adicionales o
complementarios que se ofrecen a través de la página
portal.sellarxml.com, éstos tendrán un costo y se cobrarán de acuerdo
con las políticas de venta y el tabulador de precios que disponga su
titular para la contratación de dichas aplicaciones, por lo que “EL
CLIENTE” expresamente en este acto libera a el “PROVEEDOR AUTORIZADO”
de cualquier responsabilidad por la contratación y uso que haga “EL
CLIENTE” de dichas aplicaciones o servicios adicionales o
complementarios.
-- TERCERA. - ACCESO AL SERVICIO: El “PROVEEDOR AUTORIZADO”
proporcionará a “EL CLIENTE” un sistema con elementos de seguridad que
le permitirá acceder al SERVICIO BÁSICO. Así mismo, El “PROVEEDOR
AUTORIZADO” establecerá y pondrá a disposición de “EL CLIENTE” uno o
más canales seguros para la transferencia electrónica de la información
materia del objeto del presente contrato, de forma que se proteja dicha
información durante su transferencia hacia y desde los equipos de el
“PROVEEDOR AUTORIZADO”.
En caso de que el “PROVEEDOR AUTORIZADO” establezca el uso de claves y
contraseñas para el uso u operación del SERVICIO BÁSICO, “EL CLIENTE”
deberá adoptar las medidas adecuadas y necesarias para garantizar que
las mismas no sean reveladas o divulgadas a ningún tercero con la
finalidad de preservar en todo momento la seguridad de las
transacciones realizadas, debiendo dar aviso oportuno al apartado
correspondiente que aparece en la página portal.sellarxml.com, en caso
de robo o extravío de las mismas.
“EL CLIENTE”, por su cuenta, cargo y responsabilidad, deberá contar con
el equipo y programas de cómputo, adecuados y suficientes para la
utilización de los servicios contratados, así como darles el
mantenimiento preventivo y correctivo necesario. De igual modo, “EL
CLIENTE” pagará por su cuenta y cargo los servicios de
telecomunicaciones o Internet que requiera para la adecuada utilización
o acceso a los servicios.
Con el objeto de que “EL CLIENTE” esté en la posibilidad de acceder al
SERVICIO BÁSICO, deberá dar cabal seguimiento a las instrucciones
contenidas en el manual de usuario disponible en la página
portal.sellarxml.com.
Cualquier programa de cómputo o aplicación similar que requiera “EL
CLIENTE” para la utilización de los servicios aquí contratados y que
sea suministrado por el “PROVEEDOR AUTORIZADO”, será de la titularidad
exclusiva de el “PROVEEDOR AUTORIZADO” o de sus licenciantes,
otorgándose a “EL CLIENTE” una autorización limitada de uso
exclusivamente para el cumplimiento del objeto de este contrato,
independientemente de las condiciones comerciales que deba cumplir y/o
los costos que deba pagar “EL CLIENTE”, en su caso, por su utilización
en los términos de la Cláusula Segunda de este acuerdo de voluntades.
Salvo las autorizaciones señaladas en el presente contrato, “EL
CLIENTE” no podrá duplicar, grabar, copiar, vender o alquilar a
terceros, modificar, descompilar, desmembrar o desensamblar, realizar
cualquier proceso que tenga como fin revertir la ingeniería, o
instalarlos o almacenarlos en otros sistemas, o de alguna otra forma
transmitirlos o utilizarlos a favor de terceros o en beneficio propio,
los programas de cómputo y/o aplicaciones para la utilización de los
servicios aquí contratados, tenga o no fines de lucro.
Para mejoras y mantenimiento continuo a la infraestructura y a la
aplicación a través de la cual se brinda el SERVICIO BÁSICO, el
“PROVEEDOR AUTORIZADO” se reserva el derecho, para que bajo su
exclusiva discreción y sin responsabilidad alguna de su parte, realice
actualizaciones, mejoras y mantenimiento continuo, para lo cual el
“PROVEEDOR AUTORIZADO” planeará y ejecutará mantenimientos trimestrales
de máximo 24 horas o actualizaciones de emergencia de máximo 8 horas,
en cuyos tiempos se suspenderán los servicios contratados. A dichos
periodos se les denominará “Ventanas de Tiempo” y el servicio estará
suspendido. Lo anterior, será notificado a “EL CLIENTE” a través de la
página portal.sellarxml.com con una anticipación de por lo menos 7 días
naturales a la fecha en que se suspendan los servicios por las causas
aquí señaladas.
-- CUARTA. - OBLIGACIONES DEL “PROVEEDOR AUTORIZADO”: Son obligaciones
de el “PROVEEDOR AUTORIZADO”:
Proporcionar el servicio de acuerdo a las cláusulas pactadas en el
presente contrato.
Entregar del acuse de recibo correspondiente a “EL CLIENTE”
Certificar los documentos digitales que reciba de “EL CLIENTE” en un
periodo no mayor a 1 hora después de su recepción.
Informar y respetar los precios y tarifas, conforme a las cuales se
hubiera ofrecido, obligado o convenido con “EL CLIENTE”, durante la
vigencia del presente contrato.
Asegurar como nivel de servicio que durante la vigencia del contrato,
la aplicación informática a través de la cual se presente los servicios
contratados, se encuentre disponible y operable para “EL CLIENTE” las
24 horas de los 365 días del año, con una disponibilidad del servicio
de por lo menos del 99.3 por ciento, en donde el .7 por ciento
representa el periodo de tiempo máximo en que la aplicación podría no
estar disponible por causas no planeadas e imputables al “PROVEEDOR
AUTORIZADO”.
Proporcionar el servicio de acuerdo a lo contratado, ofrecido y
publicitado, cumpliendo con los estándares de niveles de servicio
establecidos por el SAT como condición o resultado de la autorización
que otorga para operar como Proveedor de Certificación de Documentos
Digitales (PCDD), conforme a las disposiciones fiscales vigentes; el
“PROVEEDOR AUTORIZADO” publicará en la página de internet
portal.sellarxml.com los estándares y características del servicio
establecidos por el SAT.
Abstenerse de realizar cualquier acción que cause daño o vulnere la
seguridad de los sistemas informáticos de “EL CLIENTE”.
Conservar la información y documentación necesaria que se requiera
conforme a las disposiciones fiscales, derivada de la prestación de los
servicios materia del presente contrato.
Cumplir en términos de la Ley Federal de Protección de Datos Personales
en Posesión de los Particulares, con la reserva de la información
contenida en los documentos digitales que certifique a “EL CLIENTE”, y
salvaguardar la confidencialidad de todos los datos proporcionados por
“EL CLIENTE”, sean parte o no información contenida en los documentos
digitales.
-- QUINTA. - Son obligaciones de “EL CLIENTE”:
“EL CLIENTE” se obliga a utilizar el SERVICIO BÁSICO de conformidad con
las disposiciones legales vigentes, la moral, las buenas costumbres y
el orden público y, a abstenerse de utilizarlo con fines ilícitos,
lesivos a los intereses de el “PROVEEDOR AUTORIZADO” y/o de terceros, o
que de cualquier forma puedan dañar, inutilizar o deteriorar las
aplicaciones de cómputo y/o sus equipos informáticos de el “PROVEEDOR
AUTORIZADO” y/o de terceros, así como los de otros usuarios de internet
(hardware o software). De incurrir “EL CLIENTE” en estos supuestos,
independientemente del derecho que tendrá el “PROVEEDOR AUTORIZADO” de
suspender el servicio a “EL CLIENTE”, y rescindirle el presente
contrato, “EL CLIENTE” será responsable de las acciones legales
conducentes que se llegasen a ejercitar, obligándose a resarcir los
daños y perjuicios que le cause a el “PROVEEDOR AUTORIZADO”, a la
titular de los programas de cómputo y/o las aplicaciones que se
utilicen, junto con la prestación de los servicios aquí contratados, o
en su caso, a cualquier tercero, ampliando su responsabilidad de los
hechos o actos de sus empresas controladas, empleados, socios,
accionistas, administradores, funcionarios, agentes, prestadores de
servicios y terceros a los que “EL CLIENTE” permita el acceso y/o
utilización del SERVICIO BÁSICO y/o servicios adicionales o
complementarios, para ejecutar los procesos inherentes a el servicio
contratado en el presente contrato.
“EL CLIENTE” se obliga a proporcionar y asentar la información
requerida para el SERVICIO BÁSICO, de forma completa, veraz,
comprobable y actualizada; en caso contrario, el “PROVEEDOR AUTORIZADO”
se reserva el derecho de cancelar, dar por terminado el servicio de
manera inmediata y rescindir el presente contrato, y sin ninguna
responsabilidad para este último.
Es obligación y responsabilidad exclusiva de “EL CLIENTE” hacer uso
diligente de las claves de acceso, compuestas por la clave de usuario y
contraseña, y demás datos que permitan el acceso a su información de
los documentos digitales a su nombre, así como a asumir cualquier
riesgo de acceso a las mismas por un tercero, no pudiendo
responsabilizar a el “PROVEEDOR AUTORIZADO” de cualquier daño o pérdida
suscitada. “EL CLIENTE” se obliga a no permitir que terceros se
beneficien por sí o a través de interpósita persona, de los servicios
aquí contratados, quedando bajo su exclusiva responsabilidad el
limitar, restringir, evitar, prohibir e impedir que su personal o
terceros hagan mal uso, abuso o uso no autorizados de los servicios
aquí contratados, obligándose a cubrir cualquier cargo, e inclusive a
cubrir los daños y perjuicios que se causen a el “PROVEEDOR AUTORIZADO”
y a terceros por este concepto, sin perjuicio de las demás acciones
legales que procedan a favor de el “PROVEEDOR AUTORIZADO”, por
violación a los derechos de propiedad intelectual o industrial,
incluyendo el delito de revelación, aprovechamiento y uso ilegal de
secreto industrial, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 221
Bis y 223 de la Ley de la Propiedad Industrial.
En su caso, pagar al “PROVEEDOR AUTORIZADO”” por los servicios
contratados, materia del objeto del presente contrato, en el tiempo y
forma en que sean pactados, atendiendo a la Cláusula Segunda de este
acuerdo de voluntades.
Cumplir con las cláusulas del presente contrato.
Autorizar al “PROVEEDOR AUTORIZADO” para que remita al SAT todos los
documentos digitales que certifique.
-- SEXTA. - RESGUARDO DE INFORMACIÓN: “EL CLIENTE” reconoce que la
información que se proporcione para efectos de la ejecución del
presente contrato, puede contener Datos Personales y/o Datos Personales
Sensibles o financieros, mismos que podrán ser guardados o tratados por
el “PROVEEDOR AUTORIZADO” en los términos del aviso de privacidad
disponible en la página de internet portal.sellarxml.com En virtud de
lo anterior, “EL CLIENTE” otorga en este acto la autorización necesaria
para que el “PROVEEDOR AUTORIZADO” lleve a cabo el tratamiento de
dichos datos, conforme sea necesario, y para poder prestar el servicio
objeto del presente contrato, en los términos del Aviso de Privacidad
disponible en la página de internet portal.sellarxml.com.
-- SÉPTIMA.- CANCELACIÓN DE LOS SERVICIOS, RESCISIÓN Y TERMINACIÓN
ANTICIPADA DEL CONTRATO: “LAS PARTES” podrán dar por terminado el
presente contrato en cualquier momento, dándose aviso entre ellas por
escrito con treinta días naturales de anticipación a la fecha en que
quisieran que terminara los efectos el contrato, debiendo el “PROVEEDOR
AUTORIZADO” dar de baja del servicio a “EL CLIENTE”, eliminando de su
sistema cualquier información con la que cuente, sin menoscabo de
aquélla que deba de conservar en virtud de las disposiciones fiscales
vigentes relativas a la autorización como Proveedor de Certificación de
Documentos Digitales (PCDD). En virtud de lo anterior, “EL CLIENTE”
reconoce y acepta, que una vez presentado el aviso de terminación
anticipada del contrato, serán canceladas las claves y contraseñas
generadas a “EL CLIENTE” para el uso y operación del servicio aquí
contratado. La terminación anticipada del contrato podrá darse sin que
medie resolución judicial, debiendo el “PROVEEDOR AUTORIZADO” notificar
a “EL CLIENTE” con treinta días hábiles de anticipación a la fecha en
que decida que cesen los efectos del presente contrato.
En caso de que “EL CLIENTE” no esté conforme con el servicio recibido,
podrá revocar su consentimiento y terminar el contrato sin
responsabilidad alguna dentro de un periodo de cinco días naturales
siguientes a partir de la fecha de la firma del presente contrato. “EL
CLIENTE” tiene la opción de dar de baja su cuenta cuando así lo
requiera, utilizando la opción que se encuentra disponible dentro de la
herramienta correspondiente en la página de internet
portal.sellarxml.com.
El “PROVEEDOR AUTORIZADO” dará de baja las cuentas de forma automática
cuando se cumplan los siguientes supuestos:
Cuentas que no completaron el registro con más de treinta días
naturales de anticipación, desde su fecha de creación.
Cuentas que completaron el registro con más de ciento ochenta días sin
haber realizado ningún envío de documentos digitales.
En caso de incumplimiento del contrato, cualquiera de las partes podrá
demandar ante autoridad judicial el cumplimiento forzoso o la rescisión
del contrato, obligándose la parte culpable a resarcir a la otra de los
daños y perjuicios causados.
En caso de que el “PROVEEDOR AUTORIZADO” tome acuerdo de disolución,
entre en proceso de liquidación, concurso mercantil o extinción de la
sociedad, se rescindirá el contrato y el “PROVEEDOR AUTORIZADO” deberá
hacer esto del conocimiento de “EL CLIENTE” en un plazo no mayor de 24
horas contadas a partir de la toma del acuerdo o del acto jurídico que
corresponda, mediante un aviso en la página de internet
portal.sellarxml.com. Lo anterior para que “EL CLIENTE” pueda tomar las
acciones que considere convenientes. Durante el periodo de transición
en que se desarrolle la disolución, liquidación o concurso mercantil,
el “PROVEEDOR AUTORIZADO” deberá seguir prestando el servicio
contratado a “EL CLIENTE”.
El presente contrato terminará al vencimiento de su vigencia, si este
no es renovado, o cuando concluya el servicio pactado y por ende haya
acabado el objeto del mismo; o bien, “EL CLIENTE” no cumpla con las
condiciones comerciales y de pago del o de los programas de cómputo que
haya adquirido que le permitan acceder al servicio materia del objeto
de este contrato.
El presente contrato también terminará en caso de que la autorización
para operar como Proveedor de Certificación de Documentos Digitales
(PCDD) sea revocada por el SAT. En este supuesto, una vez publicada la
revocación de la autorización del “PROVEEDOR AUTORIZADO”, en la página
electrónica del SAT en internet (www.sat.gob.mx), el “PROVEEDOR
AUTORIZADO” deberá hacer esto del conocimiento de “EL CLIENTE”, a
través de la publicación de un aviso en la página de internet
portal.sellarxml.com. La publicación tendrá como propósito informar con
oportunidad a “EL CLIENTE” para que pueda acordar las medidas
necesarias y oportunas a fin de contratar a un nuevo proveedor de los
servicios objeto de este contrato, sin responsabilidad alguna para el
“PROVEEDOR AUTORIZADO”. El “PROVEEDOR AUTORIZADO” deberá continuar
prestando el servicio contratado por “EL CLIENTE” durante un periodo de
transición que será de noventa días contados a partir de la fecha de
dicha publicación.
-- OCTAVA. - RESPONSABILIDAD: “EL CLIENTE” reconoce y acepta que es de
su exclusiva responsabilidad el puntual y cabal cumplimiento de las
disposiciones legales aplicables en materia de documentos digitales, de
FIEL, de CSD de registro contable, de conservación de la información
para efectos fiscales y de presentación de los reportes y declaraciones
a que haya lugar por el uso que haga del SERVICIO BÁSICO. En ese
sentido, “EL CLIENTE” reconoce y acepta que para la contratación del
SERVICIO BÁSICO, “EL CLIENTE” ha cumplido previamente con los
requerimientos legales y técnicos que en esta materia le impone el SAT
y cualquiera otra autoridad competente.
“LAS PARTES” reconocen que el “PROVEEDOR AUTORIZADO” no incurre en
ninguna responsabilidad si la información proporcionada por “EL
CLIENTE” en la ejecución del presente contrato no es veraz y exacta, o
si “EL CLIENTE” no mantiene respaldos de los documentos digitales
emitidos y recibidos en sus propias instalaciones por los plazos
establecidos por la legislación aplicable.
“EL CLIENTE” se obliga expresamente a sacar en paz y a salvo a el
“PROVEEDOR AUTORIZADO”, así como a indemnizarla, lo mismo que a sus
empleados, socios, accionistas, administradores, funcionarios, agentes,
representantes y distribuidores, o cualquier otro tercero, de cualquier
daño, perjuicio, reclamación, demanda o acción, auditoria o
investigación legal que se presente en contra de o se practique a el
“PROVEEDOR AUTORIZADO” o a los sujetos antes mencionados, en relación
con las obligaciones de “EL CLIENTE” acordadas en el presente contrato
y, en general, de cualquier daño, perjuicio, reclamación, demanda,
auditoria, investigación o acción legal derivada del uso de los
servicios aquí contratados o hechos relacionados con el uso de los
servicios aquí contratados atribuibles a “EL CLIENTE”.
“EL CLIENTE” acepta y reconoce que el “PROVEEDOR AUTORIZADO” no será
responsable por los daños o perjuicios de cualquier naturaleza
incluyendo, pero sin limitar, pérdida de utilidades, interrupción de
operaciones, pérdida de información comercial, multas y sanciones
administrativas o cualquier otro daño pecuniario, incluyendo los
derivados del ejercicio de la facultad de verificación por parte de las
autoridades fiscales competentes de los libros, registros y
contabilidad en general de “EL CLIENTE”; si estos derivan de la mala o
indebida utilización de los servicios contratados o de los elementos de
seguridad por parte de “EL CLIENTE”, o de la mala o incorrecta
interpretación, análisis, síntesis o conclusión a que “EL CLIENTE”
llegue en el uso de los servicios contratados.
Del mismo modo, “EL CLIENTE” reconoce y acepta que el “PROVEEDOR
AUTORIZADO” no será responsable por cualquier daño o perjuicio que
pudiera sucederle al equipo de cómputo propiedad de o utilizado bajo
cualquier título legal por parte de “EL CLIENTE” ya sea por accesos no
autorizados, virus o cualquiera agente nocivo que pueda transmitirse
por medios informáticos o electrónicos, o en general, por cualquier
otro tipo de daño, menoscabo, perjuicio, pérdida, destrucción o
deterioro que le resulte a “EL CLIENTE” con motivo de generación,
emisión, y certificación de los documentos digitales generados por “EL
CLIENTE”.
-- NOVENA.- VIGENCIA: El presente contrato tendrá una vigencia
indefinida, comenzando a surtir efectos una vez que “ EL CLIENTE”, haya
leído y aceptado el aviso de privacidad y la licencia de uso, que
tienen carácter obligatorio y vinculante, disponibles en la página de
internet portal.sellarxml.com, así como haber seguido las instrucciones
señaladas en este último para el acceso al SERVICIO BÁSICO, entre las
que se incluyen de manera enunciativa mas no limitativa, el completar
el proceso de registro dentro de los 30 días naturales siguientes a la
aceptación del aviso de privacidad y la licencia de uso anteriormente
citados, lo anterior a través de su equipo de cómputo o dispositivo
móvil.
Así también las partes acuerdan que al término de la vigencia del
presente contrato podrá darse la renovación del mismo si éstas así lo
desean, debiendo “EL CLIENTE” reactivar su número o clave de usuario y
contraseña en la página de internet portal.sellarxml.com a través de su
equipo de cómputo o dispositivo móvil.
-- DÉCIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: La partes convienen en que
el contenido del presente contrato, la información proporcionada por
“EL CLIENTE” para su ejecución, la de los clientes de “EL CLIENTE” y la
de cualquier tercero involucrado en las operaciones consignadas en los
documentos digitales que se operen en ejecución del objeto del presente
contrato, tienen el carácter de confidencial y por ende no pueden ser
utilizadas para fines distintos al objeto del presente contrato ni
divulgadas a terceros, con la salvedad de la información que las partes
estén obligadas a entregar al SAT o a tener a disposición de dicha
autoridad fiscal en virtud de las disposiciones fiscales aplicables,
incluyendo las disposiciones aplicables a la que el “PROVEEDOR
AUTORIZADO” como resultado o requisito de la autorización para operar
como tal, le ha sido otorgada por el SAT, por lo que el “PROVEEDOR
AUTORIZADO” se obliga expresamente a mantener absoluta reserva sobre la
misma, y que únicamente podrá ser revelada por mandamiento de autoridad
competente.
“EL CLIENTE”, autoriza al “PROVEEDOR AUTORIZADO” para que guarde y
trate sus datos personales, sensibles o financieros, autorizándola para
que dichos datos puedan ser tratados en los términos del Aviso de
Privacidad disponible en la página de internet portal.sellarxml.com
La confidencialidad de la información a que se refiere la presente
cláusula, incluye expresamente la prohibición para el “PROVEEDOR
AUTORIZADO” de ceder o transmitir a terceros incluso con fines
mercadotécnicos o publicitarios, los datos e información a que se
refiere la presente cláusula, o de enviar publicidad sobre los bienes y
servicios, salvo que conste la autorización expresa y por escrito de
“EL CLIENTE”.
“EL CLIENTE” tendrá la obligación de no permitir a terceras personas el
acceso al SERVICIO BÁSICO, asumiendo la responsabilidad legal que pueda
surgir por el incumplimiento de esta cláusula o por la violación a las
disposiciones jurídicas aplicables.
“EL CLIENTE” manifiesta expresamente tener conocimiento de lo expuesto
en la presente cláusula y otorga su autorización para que el “PROVEEDOR
AUTORIZADO”, envié al SAT los documentos digitales que se certifiquen.
-- DÉCIMA PRIMERA. - TÍTULOS DE LAS CLÁUSULAS: Los títulos de las
cláusulas que aparecen en este contrato son exclusivamente para
facilitar su lectura y su manejo, por tanto no se considera que
definan, limiten o describan el contenido de las mismas, por lo que en
nada trascienden a dicho contenido.
-- DÉCIMA SEGUNDA.- NOTIFICACIONES: Todas las notificaciones,
requerimientos, autorizaciones, renuncias, avisos, cambio de domicilio
y otras comunicaciones que deban realizarse conforme a este contrato,
deberán hacerse mediante mensajes de datos enviados a través de medios
electrónicos, a las direcciones de correo electrónico señaladas en esta
cláusula, considerándolas como debidamente enviadas al momento en que
el mensaje de datos salga del servidor de correo electrónico del emisor
y como debidamente recibidas por el destinatario en el momento en que
el mensaje de datos ingrese en el servidor de correo electrónico del
destinatario. Por lo que las partes se obligan a verificar con la
debida oportunidad si han recibido alguna comunicación de su
contraparte.
Las partes acuerdan que cuando se requiera que el mensaje de datos sea
firmado de manera electrónica, o que se acuse de recibo mediante
mensaje de datos firmado electrónicamente, esto se señalará
expresamente en cada caso y se utilizará siempre la Firma Electrónica
Avanzada que emite el SAT, al tenor de lo dispuesto por el artículo
17-D del CFF, así como los servicios de validación que presta dicha
autoridad fiscal con acceso al público en general.
Las direcciones para recibir notificaciones, requerimientos,
autorizaciones, renuncia, avisos, cambio de domicilio y otras
comunicaciones serán:
Del “PROVEEDOR AUTORIZADO”: A través de la página de internet
portal.sellarxml.com.
Correo electrónico de “EL CLIENTE”: Aquél proporcionado por “EL
CLIENTE” al momento de registrarse electrónicamente.
De igual manera las partes acuerdan que para el caso de Cancelación,
Termino de vigencia o rescisión del presente contrato, la comunicación
se realizará por escrito con firma autógrafa de la parte solicitante, o
bien, a través de los medios electrónicos disponibles en la página
portal.sellarxml.com del “PROVEEDOR AUTORIZADO”, por conducto, en su
caso, de su representante o apoderado legal, a él o los domicilios
señalados por “EL CLIENTE” al momento de registrarse electrónicamente.
-- DÉCIMA TERCERA. - DUDAS, ACLARACIONES, QUEJAS O RECLAMACIONES: El
“PROVEEDOR AUTORIZADO” está obligada a atender las consultas,
reclamaciones y/o quejas formuladas por parte de “EL CLIENTE”. “EL
CLIENTE” podrá realizar solicitudes de soporte técnico y quejas
utilizando la página de internet portal.sellarxml.com. Estas
solicitudes o quejas podrán ser registradas en modo 7 x 24 x 365 (7
días de la semana, las 24 horas del día, los 365 días del año).
El “PROVEEDOR AUTORIZADO” se compromete a atender de manera general,
primer contacto, en un plazo no mayor a dos horas, mismas que procurará
resolver dentro de un plazo no mayor de 8 horas hábiles, siempre y
cuando no implique cambios mayores a la aplicación, se trate de
consultas y “EL CLIENTE” haya proporcionado la suficiente información
que permita su análisis y solución.
Las solicitudes de cambios particulares, es decir, que apliquen a una
minoría de consumidores, serán tomados como sugerencias.
-- DÉCIMA CUARTA. - CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Ninguna de las partes
será responsable de cualquier retraso o incumplimiento de este
contrato, que resulte de caso fortuito o fuerza mayor.
Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor, el acontecimiento
proveniente de la naturaleza o del hombre, caracterizado por ser
imprevisible, inevitable, irresistible, insuperable, ajeno a la
voluntad de las partes y que imposibilita el cumplimiento de todas o
alguna de las obligaciones previstas en el presente contrato.
-- DÉCIMA QUINTA. - PROPIEDAD: Las partes acuerdan que los comprobantes
digitales generados por “EL CLIENTE”, serán propiedad de “EL CLIENTE”.
“EL CLIENTE” reconoce expresamente que todos y cada uno de los
componentes tecnológicos y de información que integran los servicios
aquí contratados, son propiedad exclusiva de el “PROVEEDOR AUTORIZADO”
y los que ésta le permitirá hacer uso del mismo de conformidad con lo
estipulado en el presente contrato a “EL CLIENTE”, por lo que bajo
ninguna circunstancia podrá considerarse que se otorga derecho alguno
de exclusividad o licenciamiento exclusivo a favor de “EL CLIENTE”.
Así mismo, “EL CLIENTE” acepta y reconoce que no se otorga derecho
alguno fuera de lo expresamente señalado sobre la propiedad intelectual
de el “PROVEEDOR AUTORIZADO”.
Para efectos del presente contrato, el término propiedad intelectual
incluye todas las marcas registrada y/o usadas en México o en el
extranjero, siendo propietaria o licenciataria el “PROVEEDOR
AUTORIZADO”, o las licenciantes de los programas y/o aplicaciones de
cómputo, así como sobre invenciones, patentadas o no, diseños
industriales, modelos de utilidad, información confidencial, nombres
comerciales, avisos comerciales, reservas de derechos, nombres de
dominio, software, así como todo tipo de derechos patrimoniales sobre
obras y creaciones protegidas por derechos de autor y demás formas de
propiedad industrial o intelectual reconocidas en la Ley de la
Propiedad Industrial y en la Ley Federal del Derecho de Autor.
“EL CLIENTE” se obliga a no usar, comercializar, revelar a terceros,
distribuir, conceder o de cualquier otro modo disponer, por cualquier
medio, de cualquier desarrollo de el “PROVEEDOR AUTORIZADO” o de sus
licenciantes o proveedores de servicios, ni de cualquier material o
documento que sea resultado de la propiedad intelectual de la que es
propietaria o licenciataria el “PROVEEDOR AUTORIZADO”.
-- DÉCIMA SEXTA. - CESIÓN DE DERECHOS: “EL CLIENTE” no podrá ceder
parcial o totalmente los derechos y obligaciones derivados del presente
contrato. El “PROVEEDOR AUTORIZADO” por su parte estará autorizada para
ceder el presente contrato, en cuyo caso bastará que le notifique a “EL
CLIENTE” a través de la página de internet portal.sellarxml.com sobre
dicha cesión en los términos del presente contrato.
Las partes expresamente reconocen y manifiestan que para todos los
efectos legales a que hubiere lugar, que su relación derivada del
presente contrato, es exclusivamente de naturaleza comercial y que no
existe entre ellas ninguna relación de índole laboral, de agencia, de
asociación o representación, por lo que cada una de las partes será
responsable y se obliga a sacar a la otra en paz y a salvo y a
indemnizarla de las reclamaciones, demandas, investigaciones,
procedimientos, indemnizaciones, responsabilidades o por cualquier otro
concepto generado, directa o indirectamente, de sus empleados, agentes
o personal, o bien que se derive del incumplimiento de cualesquier
obligación impuesta por la legislación laboral, fiscal, de seguridad
social vigente o de cualquier otra naturaleza.
-- DÉCIMA SÉPTIMA .- JURISDICCION Y COMPETENCIA: Para todo lo relativo
a la interpretación, aplicación y cumplimiento del contrato, las partes
acuerdan someterse en lo conducente al Código Civil Federal, al Código
Fiscal de la Federación, a la Resolución Miscelánea Fiscal Vigente, a
la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los
Particulares, y en la vía administrativa a la PROFECO, y en caso de
subsistir diferencias, a los tribunales competentes ubicados en el
primer partido judicial del Estado de Jalisco, renunciando expresamente
a cualquier fuero que por razón de su domicilio presente o futuro les
pudiera corresponder.
Las partes acuerdan que el presente contrato podrá celebrarse de manera
electrónica y en dicho caso se podrá hacer uso de la FIEL o el CSD que
emite el SAT para la firma del documento electrónico o mensaje de
datos. En su caso, para efectos de la validación de los certificados de
la FIEL o el CSD, se hará uso de los servicios de validación que pone a
disposición el SAT en su página de internet.
Para constancia de las partes, debidamente enteradas del contenido del
presente contrato y su valor legal, manifestando bajo protesta de
conducirse con la verdad, que el presente acuerdo de voluntades carece
de vicio alguno de consentimiento, lesión de cualquier clase o
enriquecimiento ilegítimo de cualesquiera de las partes en perjuicio de
la otra, lo firman y/o aceptan en la fecha en que “EL CLIENTE” acepte
el aviso de privacidad y la licencia de uso, que tienen carácter
obligatorio y vinculante, a través de los medios electrónicos
disponibles, poniéndose una copia del mismo a disposición de “EL
CLIENTE”.
MASFACTURACIÓN, S. DE R.L. DE C.V.
El “PROVEEDOR AUTORIZADO”
C.P. Francisco Razo Abundis
Los Servicios de Certificación de Documentos Digitales, y enviar a través
de medios electrónicos, los documentos digitales recibidos de Ud., para ser
remitidos al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Para la finalidad antes mencionada, requerimos nos proporcione los
siguientes datos:
En los términos señalados en la Fracción VI del Artículo 3ro. de la Ley
Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
ninguna de esta información es considerada como “Dato sensible”, no
obstante, MasFacturación ha establecido y mantiene medidas
de seguridad administrativas, técnicas y físicas, que permiten proteger su
información.
Usted reconoce que ingresa y proporciona dicha información de manera libre
y voluntaria y acepta plena e incondicionalmente todas y cada una de las
disposiciones del Aviso de Privacidad publicado en el sitio https://portal.sellarxml.com
Usted tiene derecho de acceder, rectificar y cancelar sus datos personales,
así como de oponerse al tratamiento de los mismos, que para tal fin nos
haya otorgado. Para ejercer ese derecho deberá enviar una nota electrónica,
expresando a detalle su solicitud a la dirección
derechosarco@masfacturacion.com
Se le informa sobre el derecho que le asiste para acudir al Instituto
Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos
Personales (INAI) en caso de considerar que su derecho a la protección de
datos personales ha sido vulnerado.